Atención, motociclistas: El Tránsito ya no podrá inmovilizar sus vehículos por infracciones menores.

Con la sanción de una nueva ley impulsada por el Senado y respaldada por diversos sectores, se elimina la inmovilización de motocicletas y vehículos por infracciones leves contempladas en el articulo 131 del código de Tránsito, una ley que había sido objetada inicialmente por el presidente Gustavo Petro, pero fue sancionada por el presidente del Senado, Efraín Cepeda, y busca poner fin al “negocio” de grúas y parqueaderos en el país.

Según el presidente del Senado, la medida representa un avance en términos de justicia social para los motociclistas. “Saldamos una deuda de equidad con los motociclistas del país”, afirmó Cepeda, quien destacó que la nueva normativa “acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores” y promueve un trato más equitativo entre motociclistas y conductores de vehículos.

¿Cuáles son las infracciones que ya no tienen inmovilización?


La ley establece que, a partir de ahora, las infracciones de tránsito consideradas leves como: transitar en contravía, sobre el andén, exceder los límites de velocidad, pasar un semáforo en rojo, omitir una señal de pare o adelantar en la berma, serán sancionadas únicamente con multas, pero no implicarán la inmovilización de los vehículos. Esto representa un alivio económico para conductores de motos que enfrentaban altos costos para liberar sus vehículos de los patios, muchas veces mayores al valor de las propias motocicletas.

El senador Gustavo Moreno, uno de los autores de la ley, aseguró que esta nueva legislación “acaba con el negocio de las grúas y parqueaderos que afectaba a los ciudadanos trabajadores, eliminando una barrera que impedía su movilidad y afectaba su economía”.

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