La Alcaldía de Pasto expidió el Decreto 070 de 2026, con el que se establecieron las reglas para la instalación y difusión de propaganda electoral durante las elecciones presidenciales previstas para el próximo 31 de mayo y una eventual segunda vuelta.
Se trata de una medida con la que se busca regular el uso del espacio público, garantizar el orden durante la campaña política y dar cumplimiento a la normativa electoral nacional expedida por el Consejo Nacional Electoral.
De acuerdo con la información divulgada por la administración municipal, cada candidato podrá instalar hasta 10 pendones en propiedad privada. Además, los afiches únicamente estarán permitidos al interior de predios privados y las pantallas LED deberán contar con autorización de la Alcaldía de Pasto.
El decreto también permite el uso de microperforados en vehículos, siempre y cuando no afecten la visibilidad del conductor. Sin embargo, quedaron prohibidos los pasacalles y toda clase de publicidad móvil o exterior en transporte público.
En cuanto al perifoneo político, desde la administración municipal indicaron que solo estará autorizado en la zona rural del municipio de Pasto, mientras que en el área urbana no podrá utilizarse este mecanismo de propaganda.
La norma además establece zonas no autorizadas para publicidad electoral. Entre ellas se encuentran la Plaza de Nariño, el área comprendida entre las calles 18 y 19 y las carreras 24 y 25, así como espacios ubicados a menos de 200 metros de monumentos nacionales, iglesias, clínicas, hospitales e infraestructura estatal.
Los permisos para instalar propaganda deberán tramitarse ante la Secretaría de Gestión Ambiental y las medidas aplicarán tanto para la jornada electoral del 31 de mayo como para una posible segunda vuelta presidencial.